DISPOSITIVA
Siguiendo el Norte del presente pronunciamiento judicial, quedo patentizado que ha transcurrido el tiempo estipulado para el cese de la pena impuesta e igualmente se constato, el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas en el período de prueba establecido por el Tribunal en auto de fecha 15-12-2004.
En conclusión y por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA, al ciudadano ANDRES RAFAEL FAJARDO identificado UT supra, y en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA; y visto que el mismo fue condenado a cumplir Pena de Presidio, la cual lleva implícita las accesorias del Artículo 16 del Código Penal, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el ordinal 2° del mencionado Artículo, que observa .....