DISPOSITIVA.
Por todos los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al Penado RAFAEL ISMAEL FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 9.289.422, con residencia en la calle Bolívar Nro 588 Areo Estado Monagas, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese Copia Certificada de la Decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíquese a las partes. Cítese al Penado a fin de impon.....