Mediante Decision este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA REVOCAR la mediad alternativa de cumplimiento de pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado MACUARE JOSE DANIEL titular de la cedula de Identidad Nº 17.403.080, por no presentarse al Centro de Residencia Supervisada a cumplir con su Destacamento de Trabajo, es decir haber incumplido con las obligaciones impuestas en su oportunidad; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ORDENA una vez aprehendido sea puesto a la orden de este tribunal.