DISPOSITIVA
En conclusión y Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA CONMUTACIÓN DE PENA EN CONFINAMIENTO al penado LUIS EDUARDO ESPINOZA VELIZ, identificado UT-supra, por el lapso de DOS AÑOS TRES (03) MESES CUATRO (04) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS cesa así la pena principal impuesta y confinada en este auto, el día 01-01-2010, a las 4 horas de la TARDE fecha en que el penado de autos comenzará a cumplir con las penas accesorias con ubicación en la urbanización las Cocuizas Calle 4 N° 18-A Maturín Estado Monagas, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 20 ambos del Código Penal Venezolano. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación y junto con o.....