DISPOSITIVA
Por lo anterior este Tribunal con la finalidad de reestablecer los derechos y garantías procesales de los adolescentes y mas aún el debido proceso, decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la LIBERTAD INMEDIATA, a los adolescentes conforme a lo establecido en los Artículos 49 ordinal 3 y 23 de la Constitución de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 557 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, artículos 7 ordinal 5 y 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 9 ordinal 3 del Pacto Internacional de los Derecho Políticos y Civiles. Se acuerda su libertad, la cual se hará efectiva desde la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez, y a la Entidad Socio Educativa "Doña Menca de Leoni, donde se encuentran recluidos. Ofíciese lo conducente a la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez y a la Entidad Socio Educativa "Doña Menca de.....