DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y vista la admisión de los hechos realizada por el acusado, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: sanciona al adolescente, a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, sucesivamente SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA y finalmente SEIS (06) MESES DE SERVICIO A LA COMUNIDAD de conformidad con lo establecido en los artículos 620, 622, 626, 625 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el Artículo 80 segundo aparte del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal de Ejecución quien declarará el cese de la medida c.....