Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Primero de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta de Oficio por ser Materia de Orden Público la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en CONSECUENCIA El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de estado civil soltero, nacido en fecha 13/02/1994, natural de Maturín hijo de Enersi Morandi (V) y de Luís Velásquez (v), de ocupación u oficio Estudiante domiciliado CALLE PINTO SALINA, SECTOR LAS VIVIENDAS CASA 19, CERCA DEL CEMENTERIO, PUNTA DE MATA ESTADO MONAGAS. Teléfono: 0292-9891562, 0424-833.4565, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Articulo 112 de la Ley para el desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano. Conforme a los artículos 49 or.....