Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera instancia en Función de de Juicio Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Acuerda en aplicación del Artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la ORDEN DE CAPTURA del joven IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de la ciudadana RAQUEL LIMA ordenándose se libre los oficios a los diferentes organismos policiales de este estado a los fines de que procedan a la aprehensión del joven de auto, debiendo respetar la dignidad y confidencialidad en lo que respecta a la detención del referido ciuddano, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 545 Y 538 de la Ley especial, Una vez aprehendido deberá ser ingresado en las ergástulas de la Comandancia General de la Policía a la orden de este tribunal debi.....