En virtud de la motivación antes expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA PRESCRIPCION Y EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en la presente causa seguida contra los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, extinguiéndose así, la responsabilidad penal que pudiera atribuírsele, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN LA MODADLIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana ZULMIRA JOSEFINA FUENTES GUAREPE, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos 318 ordinal 3 y 48 ordinal 8 del Código Orgánico Pr.....