En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: REVISA Y CESA LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, determinándose que hasta el día de hoy ha cumplido con la medida REGLAS DE CONDUCTA por espacio de UN (01) AÑO EXACTO. SEGUNDO: Se ordena la continuidad en el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, se determina que ha cumplido con ONCE (11 ) Meses y Veintisiete (27) Días le falta por cumplir Siete (07) Meses y Seis (06) Días de Libertad Asistida, Impóngase al sancionado del contenido de la presente Revisión. Se fija como fecha para próxima de revisión el día 06 de Mayo del 2011.