En virtud de lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: DECLINAR LA COMPETENCIA, de la presente causa, seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, a uno de los Tribunales de Ejecución Sección Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en los artículos 614, 629 , 646 y 647, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, remítase la Presente causa a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas a los fines que sea Distribuida en uno de los Tribunales de Responsabilidad Penal de Adolescentes en función de Ejecución. Ofíciese lo conducente, y Envíese copia de la presente decisión al Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección de Vigilancia y Ejecución de Sanc.....