Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el Abogado JOSE RAMON MARCANO; actuando en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil URBANIZADORA EL COCAL, C.A., en su propio nombre y representación; y como Apoderado Judicial de la ciudadana EUGENIA LEOPOLDA MARCANO MARQUEZ, parte accionante en la presente causa, y en tal sentido se declara INADMISIBLE la demanda que por AMPARO CONSTITUCIONAL intentara la referida parte en contra de los ciudadanos MARELIS TOMARONI PARTIDA, LEONIDES RAFAEL GOMEZ ZAMBRANO, DULER MARTINEZ, MARIELA CABRERA, RUTH CABRERA y ANDRES GONZALEZ. En consecuencia se RATIFICA, en todas sus partes .....