Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad a lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de octubre de 2016, por el profesional del derecho OSWALDO ALEJANDRO GAETANO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante en el presente juicio, en contra de la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2016 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Se MODIFICA la sentencia recurrida en el sentido de que debió aplicarse el artículo 1346 del código civil y no el artículo 1977 ejusdem.-
Se condena en costas a la part.....