Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión de fecha 12 de Enero de 2.012 proferida por el Juzgado supra mencionado, en el presente juicio con motivo de COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO ORDINARIO), incoado por el ciudadano REGINO ANTONIO RAMOS MIJARES, en contra de la ciudadana BETZAIDA MERCEDES MORENO PADILLA.- Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil