DECLARA:
CON LUGAR la inhibición realizada por el Abogado HENRY AGOBIAN VIETRI Juez Titular a cargo del Juzgado Primero de primera en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, y en consecuencia se encuentra impedido de conocer de la causa en referencia.
APERCIBE AL JUEZ INHIBIDO para que se abstenga de emitir opinión, voluntariamente o no, sobre los asuntos que se ventilan en el Tribunal a su cargo o en otros Tribunales.
Remítase copia de esta decisión al Juez inhibido.