Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano EURIBES RAFAEL GUEVARA BRAZON, debidamente asistido por el Abogado Orlando Azocar Bastardo, plenamente identificados en autos, contra el CONSEJO LEGISLATIVO SOCIALISTA DEL ESTADO MONAGAS.