En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado Emilio Bolatre, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.655, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos Isabel Maria, Blanca Rosa, José Jesús, José Inés, Luís Manuel y Lourdes Fariñas Cedeño, titulares de las cédulas de identidad números 2.481.195; 2.481.189; 2.481.188; 3.325.735; 4.620.775 Y4.138.635, respectivamente, contra el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, específicamente contra la sentencia definitiva dictada por el juzgado supra identificado, de fecha 13.....