PRIMERO: SIN LUGAR la apelación planteada por el abogado el Abogado Antonio Rojas, en su carácter de Apoderado Judicial de parte demandante, ciudadano, Juan Suárez e Inversiones "El Caney Rumbero de Oriente" ambas plenamente identificadas en autos, contra sentencia Interlocutoria dictada en fecha 19 de Octubre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, mercantil de la circunscripción judicial del estado monagas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte apelante, por haber sido confirmada la sentencia apelada en todas sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: REMÍTASE copia certificadas de la decisión al juzgado primero de primera instancia en lo civil, mercantil de la circunscripción judicial del estado monagas, en la oportunidad correspondiente.