Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro: PRIMERO: su Incompetencia, para conocer del Recurso de Nulidad de acto Administrativo, interpuesto por el abogado Aníbal Marcano Casanova, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.094, actuando como apoderado judicial de la Empresa "MULTISERVICIOS YARICAR, C.A.", contra la Providencia Administrativa dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT-Monagas y Delta Amacuro, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).
SEGUNDO: declina la competencia al Juzgado Superior del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a quien le corresponda previ.....