este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en los artículos 188 y 189 del Código Civil y 12 y 762 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la Conversión de la Separación de Cuerpos en divorcio solicitada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los Ciudadanos: HUMBERTO ANTONIO URBANEJA CIALONI y CARMEN VICTORIA LARA LEONETT, según Matrimonio Civil celebrado por ante el Registro del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha Seis (06) de Julio del Año 2004, la cual fue inserta en los Libros de Registro Civil correspondiente.-