En mérito a las anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12, 506 y 440 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1380 del Código Civil declara CON LUGAR la acción que por TACHA DE DOCUMENTO intentó el Ciudadano JOSÉ DIOMEDES LÓPEZ, en contra de la Ciudadana LUISA ERENIA BONETT, previamente identificados, en consecuencia:
• PRIMERO: Queda Tachado de Falso el Instrumento autenticado por ante el Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Bolívar y Punceres con funciones Notariales, en fecha veinticinco (25) de febrero del año dos mil 2004 (2004), quedando anotado bajo el Nº 27, Tomo 02, Folio 27 del año 2004, de los libros respectivos y por consiguiente carece de validez o efectos jurídicos de ninguna especie.
• SEGUNDO: Una v.....