Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA OPOSICION hecha el día 23 de abril del 2.012, (folios 41 y 42 del cuaderno Medidas) por la profesional del derecho ciudadana ROSIBEL DEL CARMEN VIANA CAMPOS; apoderada judicial del ciudadano OSMEL CUBIDES MONCADA, contra la medida innominada decretada en este juicio el día 24 de noviembre del 2.011, la cual se ratifica.
No hay especial condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARÍCESE Y DEJESE COPIA.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. EN MATURÍN, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DEL 2.012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
DR. ARTURO LUC.....