éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA a la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas y a la ciudadana Registradora Civil Principal del Estado Monagas hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento de la ciudadana OFELIA MARIA MEZA DE FIAMENGO así:
"Donde se colocó el apellido de su padre así: MESA, debe decir MEZA.