," Se le informa a la apoderada judicial de la parte demandada que este Tribunal acordó apertura una articulación probatoria como lo establece el legislador en el articulo ante mencionado y hasta la presente fecha no ha sido dictado fallo alguno con relación a dicha articulación probatoria que le pudiera favorecer algunas de las partes por tal motivo este Tribunal NIEGA la apelación ejercida por la apoderada judicial de la parte demandada.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
La Secretaria,
Exp. N° 31.789