Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 20/09/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 33.190 N° Sentencia : Fecha: 20/09/2013
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
JOSÉ HORTENSIO RODRÍGUEZ PERNALETE/ANA LUISA BRAVO
Resumen:
Visto lo anteriormente esgrimido, es criterio de esta Sentenciadora que en base al dispositivo legal contenido en el artículo 6 ordinal 5 de la ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en vista del no agotamiento de la vía ordinaria, concluye quien aquí decide que resulta INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, dado que dicha acción tiene un carácter excepcional de defensa contra las violaciones de los derechos y garantías constitucionales, originados por actos, hechos u omisiones de las autoridades o de particulares, es decir, para que proceda la Acción de Amparo Constitucional debe existir una infracción ya sea por una acción o una omisión a una norma constitucional, sea esta realizada mediante el desconocimiento, mala praxis o errada interpretación de normas legales o sub-legales, siempre que ella enerve el goce y ejercicio pleno de un derecho o garantía constitucional. Y así se decide. LA JUEZA TEMPORAL, ABOG. YOHISKA MUJICA LUCE.....
Juez/Ponente:
Arturo Luces Tineo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 33.189 N° Sentencia : Fecha: 20/09/2013
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
RAMÓN RAFAEL GUATARAMA/RAMONA ANTONIA GUATARASMA Y FRANKLIN JOSÉ GUATARASMA
Resumen:
Visto lo anteriormente esgrimido, es criterio de esta Sentenciadora que en base al dispositivo legal contenido en el artículo 6 ordinal 5 de la ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en vista del no agotamiento de la vía ordinaria, concluye quien aquí decide que resulta INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, dado que dicha acción tiene un carácter excepcional de defensa contra las violaciones de los derechos y garantías constitucionales, originados por actos, hechos u omisiones de las autoridades o de particulares, es decir, para que proceda la Acción de Amparo Constitucional debe existir una infracción ya sea por una acción o una omisión a una norma constitucional, sea esta realizada mediante el desconocimiento, mala praxis o errada interpretación de normas legales o sub-legales, siempre que ella enerve el goce y ejercicio pleno de un derecho o garantía constitucional. Y así se decide. LA JUEZA TEMPORAL, ABOG. YOHISKA MUJICA LUC.....
Juez/Ponente:
Arturo Luces Tineo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados