Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, observa que el objeto de la medida versa sobre el fondo de lo debatido, el cual se debe ventilar el día que se lleve a cabo la audiencia oral pública, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte querellante, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA ACC
ABG. YARILUZ BOGARIN
Exp: 33.147
Yosellys