Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicha dación en pago en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente e igualmente el Tribunal acuerda expedir copia certificada mecanografiada y entrégueseles a las partes a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio. Se acuerda archivar el presente expediente.