este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil y en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos OSCAR EMILIO ROMERO y DELIA ROJAS YAGUARE, previamente identificados, según se evidencia de Acta de Matrimonio celebrado por ante la primera Autoridad Civil del Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, en fecha 18 de Junio del año 1.971.-