este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en la causal 2° del artículo 185 del Código Civil y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos JUANA ENCARNACION ARCIA VILLASANA DE BARRETO y CESAR BARRETO MARTINEZ, previamente identificados, según se evidencia de acta de matrimonio celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Maturín, Municipio San Simón del Estado Monagas, en fecha 18 de Septiembre de 1964. Tal como se desprende en copia certificada del acta de matrimonio cursante en el folio 04 del presente expediente.-
Liquídese la sociedad conyugal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-