En tal sentido, por cuanto quedó demostrado el mejor derecho del tercero, sobre el inmueble objeto del litigio, y por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 26 y 257 de Nuestra Carta Magna, y 12, 546, 587 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: CON LUGAR LA OPOSICION efectuada en fecha 19 de Septiembre del año 2017, ante este Tribunal por el ciudadano FERNANDO JAVIER BLANCO LORENZO, plenamente identificado en autos, y ratificado mediante escrito de fecha 11 de abril de 2018; en consecuencia, se suspenden las Medidas de Ocupación y prohibición de enajenar y gravar, recaída sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda unifamiliar sobre ella construida, ubicada en el Conjunto Residencial Guayacán, casa.....