Se deja constancia de que al folio doscientos diecisiete (217) de la Pieza No.-8- del presente expediente, este Tribunal autorizó al ciudadano JOSE FRANCISCO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.368.405, de este domicilio, en su carácter de Depositario Judicial de la empresa ORINOCO WOOD CHIPS, C.A. para la venta de las plantaciones de la especie de Pino Caribe sobre los Fundos "El Burro o Mataguey", "Rabanote" y "El Guayabo", con la obligación de consignar en autos todo lo concerniente al pago recibido de las ventas debiendo hacer dicha participación al ciudadano JOSE GOMEZ, quien actúa como Perito designado para el avalúo de las plantaciones de Pino Caribe en el presente juicio, se insta al Alguacil de este Tribunal a practicar dicha notificación.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA
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