este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional, que intentaron los ciudadanos YOEL BELLORIN, ALFREDO CONDE, ALEJANDRO JOSE HERNANDEZ GARCIA, Y YORLENY CACERES GARCIA, debidamente identificados contra LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO MATURIN, DEL ESTADO MONAGAS Y LA GOBERNANCION DEL ESTADO MONAGAS.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión dictada.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. En la ciudad de Maturín, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación