Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA por haber transcurrido en el caso de autos el lapso legal previsto para tales efectos, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
ABG. RONILUZ MARIÑO HERNANDEZ
En esta misma fecha siendo las 2:10 p.m., se dicto y publico la anterior sentencia. Conste.
LA STRIA.,
Exp. N° 29.816