Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas en conformidad con los artículos 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana De Venezuela, artículos 640 y siguientes de Código de Procedimiento Civil y articulo 444 Eiusdem; artículos 410, 411, 456 del Código de Comercio; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA ESPERANZA PINO PEREZ, quien actuó como endosatario en procuración del ciudadano ALEJANDRO PARRA en contra de la ciudadana MARIA ISABEL SILVESTRI TEJERA ya identificados en el cuerpo de la presente sentencia, en consecuencia PRIMERO: Se condena a la ciudadana MARIA ISABEL SILVESTRI TEJERA a cancelar la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BF. 165.400,00), que es el total de las dos let.....