En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADO el desistimiento presentado en el presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), por La Ciudadana ELIANETH DEL VALLE BETANCOURT , asistida por el abogado en ejercicio ELEUTERIO R. VASQUEZ BRITO, venezolano, mayor de edad, inpreabogado Nº 3.492 y de este domicilio, contra el ciudadano RAMÓN ERNESTO BARAZARTE,.- Como consecuencia de la decisión que antecede, este Tribunal acuerda lo siguiente:
¿ Se declara, tal como lo alegó la parte actora; la revocatoria de las dos (02) letras de cambio que fueron acompañadas como documentos fundamentales en el presente juicio, el endosadas en procuración que a La Ciudadana ELIANETH DEL VALLE BETANCOURT a la Ciudadana MILAGROS DI LUCA, venezolana, ma.....