En virtud de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la demandada ciudadanaDILIANA MERCEDES ACEVEDO VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.619.189 y en consecuencia CON LUGAR la demanda de Nulidad del documento de compra-venta,Registrado por ante la Oficina de Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Maturín Estado Monagas en fecha veintiuno de junio de dos mil doce (21/06/2012), quedando inscrito bajo el N° 2012.2008, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 387.14.7.6.1845 y correspondiente al Libro de Folio Real año 2012, intentada por el ciudadano LUIS JOSE GRANADO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.354.89.....