Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se designa como Tutor al ciudadano CARLOS EDUARDO GONZALEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.695.037; por lo tanto la entredicha queda sometida al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda del mismo. SEGUNDO: Queda obligado el tutor a cuidar de la entredicha, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inherentes a su alimentación, vestidos y cuidados necesarios. TERCERO: El presente decreto deberá igualmente registrarse y publicarse en la forma prevista en los artículos 414 y 415 del Código Civil. Advirtiéndose a la parte actora que debe dejar constancia en autos tanto de la publicación.....