Por los razonamientos antes expuestos, de conformidad con las normas legales antes citadas, y en atención a lo establecido en el articulo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR solicitud de prescripción veintenal de la presente causa, intentada por el ciudadano Edgar Herrera, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 3.606.009, debidamente asistido por el abogado Ángel Rafael Silva Acuña, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.499