Por las razones anteriormente consideradas este ente Jurisdiccional, actuando en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA para conocer de la presente causa y señala expresamente como Tribunal competente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 de Nuestra Ley Adjetiva déjese transcurrir el lapso establecido para la regulación de la competencia.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los veintiún (21) días del mes de Enero de Dos Mil Diez. AÑOS: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO POSADA VILLA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. OLIV.....