Por todo lo antes expuesto este ente Jurisdiccional, actuando en nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara su INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA para conocer de la presente causa y señala expresamente como competente al Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en el Estado Delta Amacuro, a quien se ordena remitir el presente expediente de forma inmediata, mediante oficio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los Veintiocho (28) días del mes de Julio del año dos mil Catorce (2.014). AÑOS 204° de la Independencia y 155º de la Federación.-
El Juez,
Abg. Gustavo Posada Villa
La Secretaria,
Abg. Milagro Palma.
En esta misma fecha, siendo las 02:30 p.m., se d.....