En razón de las consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas: se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción que por Servidumbre de Paso intentara la empresa mercantil PDVSA PETROLEO S.A. representada por su apoderado judicial Abogado BALMORE ACEVEDO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.920.877, inscrito en el IPSA bajo el N° 36.659, en contra RAFAEL ERNESTO DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ Y RUBÉN AQUILES DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Oficio ordena remitir las actuaciones que conforman la presente causa al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Orienta, a fin de que conozca sobre el conflicto de competencia planteado en la presen.....