En mérito de las razones precedentemente explanadas, esta sala de juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA incoada por la ciudadana ANA FRANCISCA GUEVARA MILLAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portador de Cédula de Identidad N° V-13.448.387, en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE GAMERO ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la Cédula de Identidad N° V- 11.779.831, a favor del niño (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), venezolano, de 7 años de edad y de este domicilio y en consecuencia se acuerda fijar la Obligación Alimentaria en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) mensuales, duplicada la .....