Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, establecida en el ordinal 2ro. del artículo 185 del Código Civil, y SIN LUGAR la causal establecida en el ordinal 3 ejusdem, intentada por la ciudadana JOHANNA JOSEFINA BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.110.666, de este domicilio en contra del ciudadano LUIS ALEXIS RODRÍGUEZ GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 9.287.048, domiciliado en la Calle 12 casa 10, y de este domicilio.