En atención de los alegatos y razonamientos antes señalados, es por lo que este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda intentada por la Abogada Ariana Coromoto Vivenes Bermúdez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.305.326, Abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 55.973 de este domicilio, Apoderada Judicial de la ciudadana ROSA MARIN, venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº 3.347.524 y de este domicilio, contra la ciudadana MARIA ANIBAL MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de LA Cedula de Identidad Nº 3.345.220 y de este domicilio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente desición.-
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despachos de.....