Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: GENARO ANTONIO AGUILERA GAMARRA Y OLISOL RONDON SALAZAR, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N°: 3.409.068 Y 4.021.356, y de este domicilio. Asistidos por la Abogada: MARIA SOLEDAD MARCANO, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en Inpreabogado bajo el N°: 76.039, según Matrimonio efectuado en fecha 26 de Octubre del 1.993, por ante el Juzgado del Municipio San Simón de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, según c.....