Con fundamento en las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVENTA incoara el ciudadano JUAN JOSÉ TORRES ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.336.299, asistido por el abogado ÁLVARO MARCANO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 50.091. SEGUNDO: CON LUGAR, la RECONVENCIÓN planteada por los demandados ciudadanos Cesar Augusto Robinson Verde y Cesar Augusto Robinson, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°:9.295.538 y 1.830.839 respectivamente contra el ciudadano Juan José Torres Arias, venezolano, mayor de .....