CON LUGAR la acción de DESALOJO intentada por la ciudadana MARÍA DE LOURDES GONZÁLEZ DE CÓRDOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.049.062 y de este domicilio, en contra de la ciudadana ALBA NELLY RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.925.470 y de este domicilio, en consecuencia:
¿ Primero: Se Decreta el Desalojo y se ordena que la demandada entregue a la actora el bien inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la Avenida Guzmán Blanco de la Población de Temblador, distinguido con el Nro. 3, libre de bienes y personas.-
¿ Segundo: Se condena a cancelar a la parte demandada como indemnización por vía de daños y perjuicios, la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) por concepto de los cánones de Arrendamientos vencidos y no cancelados correspondientes a los meses de Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre y Octubre de 2.010.-
¿ Tercero: Se condena en costas a la parte demandada por habe.....