declara CON LUGAR la acción que con motivo de COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO BREVE) ha intentado la ciudadana IRMA SOLIBETH PELAYO LIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.279.308 y de este domicilio, en contra del ciudadano RAFAEL JOSÉ ACUÑA RENGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.774.396 y de este domicilio, en consecuencia:
¿ Primero: Se ordena al ciudadano RAFAEL JOSÉ ACUÑA RENGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.774.396 y de este domicilio, cancelar a la parte actora la cantidad de CUARENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. F. 40.733, 33), correspondiente a los cánones de arrendamiento que van del 01 de Noviembre de 2.008, hasta el 08 de Abril de 2.009, denunciados como insolutos.-
¿ Segundo: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, de acuerdo al artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a.....