INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana MARYORIE RODRIGUEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.303.853, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.224, asistida por el abogado en ejercicio LUIS ARMANDO LOPEZ RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.572, en contra de la Sociedad Mercantil "EHDASSE SANAT VENEZUELA, S.A." inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 18 de Junio de 2.008, anotada bajo el Nro. 26, Tomo A-13, correspondiente al segundo Trimestre de 2008, por las razones anteriormente expresadas. Así se decide.-