Decreta Medida Innominada de suspensión momentánea de los efectos del auto mediante el cual se decreta la Medida de Secuestro sobre el bien descrito supra, todo de conformidad con el parágrafo Primero del Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto se decida la presente incidencia, la cual trascurrirá por el procedimiento previsto en el artículo 602 del mismo código, por tanto la presente incidencia se considera abierta a pruebas por ocho (8) días